Plan Renove de Ventanas de Valencia

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Dirigido a: Personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda de ocupación habitual ubicada en la Comunidad Valenciana.

Fecha  presentación solicitudes:

Desde 12 de enero de 2016 hasta el 17 de junio de 2016.
La adhesión de los instaladores y empresas instaladoras finalizará el 31 de mayo de 2016

OBJETIVO:

El objetivo de esta medida es facilitar la rehabilitación térmica de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco) en viviendas habituales de la Comunitat Valenciana.

BENEFICIARIOS:

Podrán ser beneficiarias las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de una vivienda de ocupación habitual ubicada en la Comunidad Valenciana.

SUBVENCIONABLES:

La renovación de ventanas y puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco) en viviendas que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas:

  • Las ventanas y puertas ventana deberán formar parte de los cerramientos a exterior de la vivienda (que separen los recintos o estancias calefactados o refrigerados del ambiente exterior), no siendo objeto de subvención la reforma de superficies acristaladas ubicadas en los cerramientos interiores.
  • Los acristalamientos a sustituir deberán ser de acristalamiento simple.
  • Las nuevas ventanas deberán contar con marcado CE.
  • Las nuevas ventanas tendrán una permeabilidad al aire ≤ 27 m3/h•m2 a 100 Pa (Clase 2 o superior) según norma UNE-EN 12207
  • Las características térmicas de las nuevas ventanas y puertas ventana deberán ser dependiendo de la clasificación de poblaciones recogidas en el Anexo I

CUANTIAS A PERCIBIR:

La cuantía de la ayuda individual, aportada por el IVACE, será como máximo de 75 €/m2 para renovaciones completas de las ventanas o puertas-ventana (acristalamiento, marco y premarco).

La aportación del comercio o empresa instaladora adherida, consistirá en un descuento en la factura (antes de aplicar IVA) de 15 €/m2 en el momento de la instalación.

La cuantía de la ayuda para la adquisición de los diferentes elementos (acristalamiento, marco, premarco e instalación), no podrá suponer en ningún caso una reducción del precio del mismo superior al 30% del coste del acristalamiento, marco, premarco y montaje (IVA incluido), por lo que se deberá reducir en su caso la cuantía de la ayuda hasta dicho límite.

Asimismo la cuantía de ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda en el que se sustituyan las ventanas.

No se considerará actuación susceptible de ayuda:

  • Renovaciones de ventanas y puertas-ventana que conlleven a un aumento de la superficie acristalada en más de un 25%.
  • Los cerramientos acristalados que se coloquen o renueven con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, o amplie la superficie habitable de la vivienda, ya que estos suponen una modificación y no una rehabilitación térmica del edificio.
  • La renovación de ventanas o puertas-ventana interiores ubicados en cerramientos en contacto con espacios habitables.
  • La renovación de los marcos o acristalamientos únicamente
  • La instalación o renovación de persianas, dispositivos de lamas, toldos, “films” o “screens” de protección solar
  • Se considerarán sólo proyectos cuya inversión sea superior a 1.000 €, IVA no incluido.
  • No podrán acogerse a las presentes ayudas las inversiones realizadas con anterioridad a la fecha de inicio de la campaña.

Más información.

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